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Consultoría del
Trabajador
Casos de Moobing o
Despidos Improcedentes
Soy un pequeño empresario que he contratado a un
administrativo durante seis meses, con dos meses de prueba. El caso es que han
pasado cuatro meses y no veo conveniente que continúe.
Mi pregunta es: ¿Puedo resolver el contrato
eventual sin tener que Indemnizarle? ¿ Aunque no continúe tendré que pagarle
los dos meses de contrato que le quedan o la parte proporcional de 45 días?
En cuanto a su primera cuestión, la respuesta es
necesariamente negativa. Si usted resuelve la relación laboral de forma
anticipada, antes de los seis meses de duración inicialmente pactados con el
empleado, tendría usted que indemnizarle como si de un despido improcedente se
tratase; en ese supuesto, la indemnización es efectivamente proporcional a los meses de prestación de servicios, y por
lo tanto no son cuarenta y cinco días. No tendría en tal caso que abonarle los
salarios correspondientes a los dos meses de contrato que le restan; solamente
deberá abonarle la indemnización.
Debería además valorar si la causa en base a la que
se justificó su contratación como eventual es sostenible en juicio; son
contratos eminentemente causales, aunque a nivel coloquial e incluso legal se
les denomine temporales y de duración determinada, respectivamente. En ese
sentido, si la causa de la contratación no fuese ajustada a Derecho o no fuese
acreditable en juicio, podría encontrarse igualmente con una demanda de despido
a la finalización de la relación laboral, con lo que asumiría el riesgo de
tener que abonar igualmente la indemnización proporcional al período de
servicios a la extinción del contrato e incluso los correspondientes <<salarios
de tramitación>>, en función de las circunstancias que concurran durante
la tramitación del procedimiento ante la Jurisdicción Social.
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