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Consultoría del
Trabajador
Una Empresa Niega el Agua
a sus Empleados
En la empresa en la que trabajo nos niegan el agua (y
hablo literalmente) y nos obligan a pagar la que consumimos. Creo que según la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales es obligatorio que la empresa suministre
agua a sus trabajadores durante la jornada laboral. ¿Es esto cierto o por el
contrario la pueden negar como así está ocurriendo? Muchas gracias por su
servicio y les felicito por él.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales determina
el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un
adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores. A través de
normas reglamentaria se fijan y concretan los aspectos más técnicos de las
medidas preventivas y, entre éstas, las destinadas a garantizar la seguridad y
la salud en los lugares de trabajo.
En este sentido, el Real Decreto 486/1997 establece
las disposiciones mínimas de seguridad y salud
en los lugares de trabajo y, en su Anexo V, los servicios higiénicos y
locales de descanso, señalando que <<Los lugares de Trabajo dispondrán de
agua potable en cantidad suficiente y fácilmente accesible. Se evitará toda
circunstancia que posibilite la contaminación del agua potable. En las fuentes
de agua se indicará si ésta es o no potable, siempre que puedan existir dudas
al respecto>>.
Por tanto, es correcto como usted cree que la empresa
debe facilitar agua potable a sus trabajadores durante la jornada laboral. No
obstante, no debe confundirse esta obligación con la de que el agua deba ser
mineral embotellada (salvo que sea un derecho adquirido), como han tenido
oportunidad de pronunciarse nuestros Tribunales.
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